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Educación Secundaria para Personas Adultas (ESPA)

Educación Permanente

Conduce al mismo título de Graduado en ESO, con contenidos organizados por ámbitos en vez de por materias y en modalidad presencial, semipresencial o a distancia.

Duración

2 niveles: Nivel I (equivalente a 1º y 2º de ESO) y Nivel II (equivalente a 3º y 4º).

Acceso

Mayores de 18 años (excepcionalmente desde los 16, acreditando determinadas situaciones).

Organización

Contenidos por ámbitos: comunicación, científico-tecnológico y social. Matrícula parcial posible.

Al terminar

Título de Graduado en ESO: acceso a Bachillerato o a un Ciclo Formativo de Grado Medio.

Estructura en nuestro centro

Nivel I Esa Semipresencial

  • Ámbito científico-tecnológico
  • Ámbito de comunicación
  • Ámbito social
  • Módulo I Ámbito Científico Tecnológico
  • Módulo I Ámbito Comunicación
  • Módulo I Ámbito Social
  • Módulo II Ámbito Científico Tecnológico
  • Módulo II Ámbito Comunicación
  • Módulo II Ámbito Social
  • Módulo III Ámbito Científico Tecnológico
  • Módulo III Ámbito Comunicación
  • Módulo III Ámbito Social

Nivel II Esa Presencial

  • Ámbito científico-tecnológico
  • Ámbito de comunicación
  • Ámbito social
  • Módulo IV Ámbito Científico Tecnológico
  • Módulo IV Ámbito Comunicación
  • Módulo IV Ámbito Social
  • Módulo V Ámbito Científico Tecnológico
  • Módulo V Ámbito Comunicación
  • Módulo V Ámbito Social
  • Módulo VI Ámbito Científico Tecnológico
  • Módulo VI Ámbito Comunicación
  • Módulo VI Ámbito Social

Nivel II Esa Semipresencial

  • Ámbito científico-tecnológico
  • Ámbito de comunicación
  • Ámbito social
  • Módulo IV Ámbito Científico Tecnológico
  • Módulo IV Ámbito Comunicación
  • Módulo IV Ámbito Social
  • Módulo V Ámbito Científico Tecnológico
  • Módulo V Ámbito Comunicación
  • Módulo V Ámbito Social
  • Módulo VI Ámbito Científico Tecnológico
  • Módulo VI Ámbito Comunicación
  • Módulo VI Ámbito Social

Requisitos de acceso

Requisitos de edad

Para cursar estas enseñanzas en régimen de personas adultas debes ser mayor de 18 años o cumplirlos en el año natural en que comience el curso académico.

Excepcionalmente, también puedes acceder si eres mayor de 16 años, o los cumples en el año natural en que comienza el curso académico, acreditando alguna de estas situaciones:

  • Ser persona trabajadora por cuenta propia o ajena de manera que no puedas acudir al centro educativo de carácter ordinario.
  • Ser deportista de rendimiento en Andalucía o de alto rendimiento o alto nivel.
  • Encontrarte en situación personal extraordinaria de enfermedad, discapacidad o cualquier otra que te impida cursar las enseñanzas en régimen ordinario, quedando incluidas en este supuesto las personas víctimas de la violencia de género y las víctimas de terrorismo, así como sus hijos e hijas, y las personas que se encuentren en situación de dificultad social extrema o riesgo de exclusión.
  • Estar interno o interna en centros penitenciarios o de menores sujetos a medidas de privación de libertad por sentencia judicial.

Solo hay dos situaciones en las que podrás acceder a las enseñanzas de personas adultas siendo menor de 16 años:

  • Encontrarte en situación personal extraordinaria de enfermedad, discapacidad o cualquier otra que  te  impida  cursar  las  enseñanzas  en  régimen  ordinario.
  • Estar interno o interna en centros de menores sujetos a medidas de privación de libertad por sentencia judicial.

Requisitos académicos

Si quieres cursar la ESO para personas adultas no necesitas tener ninguna titulación previa, aunque es conveniente que realices la Formación Básica si tienes dificultades de lectoescritura. 

  • Si no tienes estudios previos, o un certificado de los mismos, puedes realizar una prueba de valoración inicial pidiéndolo a la vez que solicitas admisión en el Nivel I. Según los resultados de esta prueba podrás acceder a Nivel I o incluso a Nivel II directamente.
  • Si ya realizaste algún tipo de enseñanza y dispones del certificado correspondiente, puedes acceder a Nivel I o Nivel II de la ESO para personas adultas. Consulta los siguientes casos:
Accedes a Nivel I:
  • Con certificado de estudios primarios (Ley 17/7/1945, de Educación Primaria, y  Ley 21/12/1965, de Reforma de la Enseñanza Primaria, expedido con anterioridad a la finalización del curso 1975/76).
  • Plan educativo de formación básica o equivalente.
  • 1º y 2º curso de Educación Secundaria Obligatoria y no haber promocionado a tercero.
  • Primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria en régimen de personas adultas y no haber promocionado al segundo ciclo.
  • Valoración positiva para la adscripción a este nivel tras haber realizado la prueba de valoración inicial en el acceso a la Educación Secundaria. Obligatoria para personas adultas. Orden de 28 de diciembre de 2017, por la que se establece la ordenación y el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria para personas adultas en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
  • Accedes a Nivel II:
    • Sin estudios previos o sin certificado de los mismos, tras haber realizado la prueba de valoración inicial y según criterio del centro.
    • 8º de EGB (Educación General Básica) y título de Graduado Escolar o Certificado de Escolaridad (Real Decreto  986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo).
    • Graduado Escolar (Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa).
    • 1º de BUP (Bachillerato Unificado Polivalente) (Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa).
    • Bachiller Elemental (Ley de 26 de febrero de 1953, sobre Ordenación de la Enseñanza Media).
    • 4º de Bachiller completo, o 5º o 6º con materias pendientes (Plan 1957 del Bachillerato).
    • 1º curso del primer ciclo experimental. Reforma de las Enseñanzas medias (Reforma de las Enseñanzas medias. Implantación anticipada de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo).
    • 2º curso de Educación Secundaria Obligatoria.
    • Primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria en régimen de personas adultas.
    • Valoración positiva en uno o varios ámbitos para la adscripción a este nivel tras haber realizado la prueba de valoración inicial.

Si realizaste estudios en el extranjero debes homologarlos previamente dirigiéndote a la Alta Inspección de Educación, en la Subdelegación de Gobierno de tu provincia.

Requisitos específicos de modalidad a distancia

Para cursar la ESO para personas adultas en modalidad a distancia (Institutos Provinciales de Educación Permanente - IPEP) tendrás también que tener la condición de andaluz (tener la vecindad administrativa, es decir, estar empadronado en cualquier municipio de Andalucía) o la condición de andaluz en el extranjero.

Más detalles

Oferta educativa

Puedes consultar en la Secretaría Virtual la oferta educativa de los centros que imparten Educación Secundaria para personas adultas en Andalucía (introduzca en la primera lista desplegable como criterio de búsqueda la enseñanza "Educación Secundaria Obligatoria para personas adultas".

Equivalencias para ámbitos de la ESO para personas adultas

En caso de haber cursado con anterioridad la Educación Secundaria Obligatoria en régimen ordinario, en régimen para personas adultas, o de haber superado algún ámbito en las pruebas para la obtención del título de Graduado en ESO para mayores de 18 años, solo tendrás que matricularte de aquellos que aún no tengas superados.

Si tienes estudios previos de sistemas educativos anteriores, consulta las equivalencias indicadas a continuación:

Admisión

 

Para la modalidad a distancia, todo el procedimiento, desde la solicitud de admisión, a las consultas de los listados, las alegaciones y la matriculación, se puede realizar a través de la Secretaría Virtual.

Para las modalidades presencial y semipresencial, se pueden realizar a través de la Secretaría Virtual la solicitud de admisión, las alegaciones y la matriculación. Las consultas de los listados deben realizarse en el tablón de anuncios centro solicitado.

Al realizar los trámites ten en cuenta las siguientes indicaciones:

  • Solicitas admisión en un único centro.
  • Puedes solicitar admisión por ámbitos sueltos.
  • Especifica en qué modalidad deseas cursar cada ámbito si el centro las ofertase.

Si has cursado con anterioridad algún ámbito o enseñanzas equivalentes de sistemas educativos anteriores puedes consultar las equivalencias en el portal de la Educación Permanente. En tal caso no necesitas volver a cursarlo.

En el caso de que las solicitudes excedan del número de plazas ofertadas se consideran los siguientes documentos para la baremación: acreditación de discapacidad, deportista de alto rendimiento, renta familiar, etc.

Aquí puedes consultar la documentación necesaria para acreditar los requisitos de acceso.

Consulta los plazos para solicitar admisión en el calendario.

Adjudicación de plazas

Modalidad presencial y semipresencial

Durante el proceso de escolarización se publicarán los listados de personas admitidas y excluidas. 

  1. Publicación de la relación provisional de alumnado admitido y excluido. Se publica en los 5 días hábiles tras la finalización del plazo de admisión. Este listado se hará público en los tablones de anuncios de los centros.
  2. Plazo de alegaciones. Durante los dos días hábiles tras la publicación de listado provisional podrás realizar alegaciones si no aparecen tus datos en la consulta anterior o no estás de acuerdo con lo publicado.
  3. Publicación de la relación definitiva de alumnado admitido y excluido en los tablones de anuncios de los centros. Se realizará antes del inicio del periodo de matrícula.

Modalidad a distancia

Durante el proceso de admisión se publicarán los listados de personas admitidas y excluidas. 

  1. Publicación de la relación provisional del alumnado admitido y excluido. Se publica en los 10 días hábiles tras la finalización del plazo de admisión. Este listado se hará público en este portal mediante consulta personalizada a través de Secretaría virtual.
  2. Plazo de alegaciones. Durante los tres días hábiles tras la publicación de listado provisional podrás realizar alegaciones si no aparecen tus datos en la consulta anterior o no estás de acuerdo con lo publicado.
  3. Publicación de la relación definitiva del alumnado admitido y excluido. Se realizará antes del inicio del periodo de matrícula y se publicará tanto en este portal como mediante consulta personalizada a través de Secretaría Virtual.

Lista de admitidos

Si estás admitido, tu siguiente paso es la matrícula del 1 al 10 de julio.

Si no estás admitido, el plazo para presentar alegaciones a la lista provisional de solicitudes será de tres días hábiles a partir de la fecha que se publique la relación provisional de solicitudes admitidas y excluidas. Puedes presentar las alegaciones, preferentemente, de manera telemática través de la Secretaría Virtual o bien cumplimentando el formulario y entregándolo en el centro en persona o por correo postal. Si te decides por esta última opción, es imprescindible que las dos copias queden selladas y fechadas por la oficina de Correos. No olvides conservar tu copia como resguardo. También puedes presentar tu alegación entregándola en el registro de cualquier Órgano Administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, de las Administraciones de las Comunidades Autónomas o de las Entidades Locales (esta opción es la menos recomendable por el tiempo que transcurre entre la entrega y la recepción de tu documentación).

Solicitud de plaza. ¿Es seguro que obtendré una plaza?

En el caso de que haya más solicitudes que puestos escolares vacantes, tendrán prioridad:

  1. Las solicitudes del alumnado de Secundaria que estuvo matriculado durante el curso anterior, siempre que, al menos, haya obtenido calificación positiva en un ámbito, de los que se encuentre matriculado.
  2. Las solicitudes correspondientes a personas menores de 16 años sujetas a medidas de privación de libertad por decisión judicial en centros de menores o personas enfermas que, por prescripción facultativa, no puedan asistir a los centros docentes ordinarios durante periodos que le impidan el normal desarrollo de las actividades escolares.
  3. Las solicitudes correspondientes a personas mayores de 16 años sujetas a medidas de privación de libertad por decisión judicial en centros penitenciarios o de menores o personas enfermas que, por prescripción facultativa, no puedan asistir a los centros docentes ordinarios durante periodos que le impidan el normal desarrollo de las actividades escolares.
  4. El resto de plazas escolares se adjudicarán en función de la menor renta anual per cápita de la unidad familiar a la que pertenezca el alumno o alumna, en los términos descritos en el artículo 20 del citado Decreto 359/2011, de 7 de diciembre, por el que se regulan las modalidades semipresencial y a distancia de las enseñanzas de Formación Profesional Inicial, de Educación Permanente de Personas Adultas, especializadas de idiomas y deportivas, se crea el Instituto de Enseñanzas a Distancia de Andalucía y se establece su estructura orgánica y funcional. De ellas se reservarán:
    • 5% de plazas para las personas solicitantes con discapacidad igual o superior al 33%.
    • 5% de plazas para los deportistas de rendimiento de Andalucía y los de alto nivel y alto rendimiento.
  5. En caso de que se produzca empate, éstos se resolverán por sorteo conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Decreto 40/2011, de 22 de febrero, por el que se regulan los criterios y el procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados para cursar las enseñanzas de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Especial, Educación Secundaria Obligatoria y Bbachillerato.
Matrícula

Para cursar estas enseñanzas debes formalizar tu matrícula, si te encuentras en alguno de los siguientes casos:

  • Si has sido admitido/a en un centro
  • Si ya realizaste estudios el curso anterior y deseas continuarlos en el mismo centro (No necesitas solicitar admisión, pero si formalizar tu matrícula)
  • Si ya realizaste estudios el curso anterior y tienes ámbitos o materias pendientes de superación (tu matrícula será provisional y dependerá de las decisiones adoptadas por los equipos docentes y de la normativa de aplicación)

Plazo ordinario

Puedes formalizar tu matrícula cumplimentando y presentando el impreso correspondiente, preferentemente, a través de la Secretaría Virtual o en el propio centro. Consulta en Tramitación e impresos para saber más. Consulta el plazo en el calendario.

La matrícula en estas enseñanzas no conlleva el pago de unas tasas.

Plazo extraordinario

Si tras el procedimiento ordinario de matrícula quedarán plazas vacantes, la dirección del centro docente público podrá matricular por orden de llegada o por orden de recepción de la solicitud a aquellas personas interesadas que, incluso sin haber solicitado admisión en plazo, cumplan los requisitos.

De manera excepcional puedes solicitar plaza vacante, si existiera, en cualquiera de las modalidades dirigiéndote directamente al centro a lo largo del primer trimestre del curso.

Para cursar estas enseñanzas en su totalidad dispones de ocho convocatorias. Ten en cuenta que no se contempla la anulación, renuncia o baja de matrícula, por lo que, una vez formalizada tu matrícula, con cada curso, agotas dos convocatorias.

Procedimiento extraordinario de matriculación para modalidad a distancia (septiembre 2026)

Se inicia el 1 de septiembre y consta de dos fases:

Primera fase (del 1 al 10 de septiembre, ambos inclusive). En este periodo podrán formalizar la matrícula:

  • Alumnado que, habiendo resultado admitido en el procedimiento de admisión para el curso 2026/2027, no pudiera formalizar su matrícula en julio por estar pendiente de los resultados de la evaluación de la convocatoria extraordinaria de septiembre
  • Solicitante que, habiendo resultado no admitido en el procedimiento de admisión para el curso 2026/2027, haya obtenido plaza en el reajuste de plazas que se realizará el 1 de septiembre tras la matriculación ordinaria

Segunda fase (a partir del 15 de septiembre):

  • Información pública de vacantes por curso y materias/ámbito y apertura de plazo para matriculación, directa en centro o por Secretaria virtual, para proceder a las nuevas matriculaciones que serán admitidas directamente por orden de llegada de fecha y hora del registro oficial de la solicitud hasta cubrir las plazas disponibles o, como muy tarde, el último día lectivo del segundo trimestre.

La información pública de las vacantes de cada centro estará disponible en el tablón de anuncios del centro/web del centro y en el portal de Educación Permanente.

Esta matriculación extraordinaria de septiembre queda a expensas de la confirmación del centro.

Consulta el apartado sobre Tramitación para saber de qué manera puedes formalizar tu matrícula.

 

Sigue explorando la oferta educativa del centro.

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