IMPORTANTE: Información sobre las elecciones al consejo escolar y el voto no presencial


ELECCIONES DEL SECTOR DE MADRES Y PADRES

El próximo martes, 22 de noviembre, tendrá lugar la elección de los representantes del sector madres y padres en el consejo escolar para los próximos dos años. La mesa se pondrá en el hall del centro y la votación estará abierta desde las 16:00 hasta las 21:00 horas. Además, se podrá ejercer el derecho al voto de forma no presencial 

¿Votan las madres y los padres? Sí, votan ambos. Por un mismo alumno o alumna le corresponde votar al padre y a la madre, salvo en los casos en los que la Patria Potestad se encuentre atribuida a uno solo de los progenitores. En este caso la condición de elector o elegible concernirá exclusivamente a este, como así establece el artículo 13.2 de la Orden la Orden de 7 de octubre de 2010. (BOJA Nº 200, 13/10/2010). 

¿Votan tantas veces como hijos tengan? No, solo votan una vez aunque tenga varios hijos/as matriculados, según establece el artículo 13.1 de la Orden de 7 de octubre de 2010. (BOJA Nº 200, 13/10/2010). 

¿Votan los tutores legales? Sí. Tienen los mismos derechos que las madres y los padres.

¿Qué horario tiene la mesa electoral? Al menos 5 horas consecutivas, contadas a partir de la conclusión del horario lectivo correspondiente al horario de mañana y que deberá finalizar, en todo caso, no antes de las 20 horas. La mesa, que se ubicará en el hall del centro, se abrirá a las 16:00 y se cerrará a las 21:00 del martes 22 de noviembre. 

¿Se puede obligar a algún padre, que ha sido elegido por sorteo, a formar parte de la Mesa Electoral? No. 

¿Se puede constituir la Mesa electoral si no hay representante de los padres o madres? Sí 

¿Debe aparecer en la papeleta de voto el representante designado por el AMPA? No. 

¿Qué se entiende por voto no presencial? El voto por correo y aquel que se entrega a la persona que ejerza la Dirección del Centro durante los cinco días anteriores al de la votación. Artículo 12.1. Voto no presencial de la Orden de 7 de octubre. (BOJA Nº 200, 13/10/2010). 

¿Hasta cuando se admitirán los votos no presenciales? Hasta antes de la finalización del escrutinio del día en que se realiza la votación. 

¿Quiénes pueden utilizar el voto no presencial? Exclusivamente los padres, las madres y representantes legales del alumnado. Artículo 12 de la Orden de 7 de Octubre de 2010. (BOJA Nº 200, 13/10/2010). 

¿Cómo se garantiza el secreto del voto y la identificación del elector? Con el sistema de doble sobre. El sobre exterior se dirigirá a la “MESA ELECTORAL DE REPRESENTANTE DE PADRES Y MADRES” y contendrá la firma manuscrita y coincidente con la que aparece en el documento de identificación que aporte (Fotocopia de DNI, pasaporte o carné de conducir). Un segundo sobre irá en blanco y cerrado y en su interior se incluye la papeleta del voto. Regulado por el Artículo 12.2. Voto no presencial de la Orden de 7 de octubre de 2010. (BOJA Nº 200, 13/10/2010). 

¿Puede entregar el voto a la persona que ejerza la Dirección otra persona en lugar del elector o electora? Sí, el propio alumno o alumna u otra persona en representación del elector o la electora y utilizando el sistema del doble sobre.

Papeleta