BECAS Y AYUDAS


ABIERTO EL PLAZO DE AYUDAS Y BECAS 

BECA ADRIANO: 

Es una beca que persigue facilitar la permanencia en el sistema educativo y atender las necesidades del alumnado que cumpliendo los requisitos económicos de la convocatoria de becas de carácter general del Ministerio competentes en materia de educación no supera los académicos. La Beca Adriano se encuentra dirigida al alumnado que curse en modalidad presencial segundo curso o superior en algunas de las siguientes enseñanzas oficiales en centros docentes no universitarios de Andalucía: 

  • Bachillerato (que no repita, matriculado en curso completo y que haya suspendido exactamente DOS asignaturas en primero).
  • CFGM (que no repita, matriculado en curso completo y haber superado entre el 80 y el 84,99% de las horas del curso anterior).
  • CFGS  (que no repita, matriculado en curso completo y haber superado entre el 80 y el 84,99% de las horas del curso anterior).
  • Enseñanzas artísticas profesionales (que no repita, matriculado en curso completo y que haya suspendido exactamente DOS asignaturas en el curso anterior).
  • Enseñanzas deportivas (que no repita, matriculado en curso completo y haber superado entre el 80 y el 84,99% de las horas del curso anterior).
  • Enseñanzas artísticas superiores (estar matriculado de al menos 60 créditos y haber aprobado entre el 80 y el 89,99% de los créditos del curso anterior).

Se encuentran excluidas de su ámbito de aplicación las enseñanzas que se impartan en la modalidad de adultos.

El plazo de presentación de solicitudes será del 15 de diciembre de 2022 al 16de enero de 2023.

INFORMACIÓN Y SOLICITUD

BECA 6000

La BECA 6000 es una beca que aspira a facilitar la permanencia en el sistema educativo, al término de la ESO, al alumnado que va a cursar Bachillerato y Ciclos Formativos de Grado Medio de Formación Profesional en la modalidad presencial y que pertenece a familias con mayores dificultades económicas.

La BECA 6000 está destinada al alumnado que, tras culminar con éxito su etapa en la Educación Secundaria Obligatoria, opta por permanecer en el sistema educativo, matriculándose de primer curso de Bachillerato o de un Ciclo Formativo de Grado Medio. Igualmente se dirige al alumnado que promociona al segundo curso de Bachillerato y de Ciclo Formativo de Grado Medio (incluyéndose el período de Formación en Centros de Trabajo).

Ofrece recursos económicos que vienen a compensar la ausencia de ingresos por la dedicación del alumno o alumna al estudio, y favorece que, al término de su proceso formativo, cuente con mayores posibilidades de encontrar empleo.

Es imprescindible haber participado en la convocatoria de Becas de carácter general para enseñanzas postobligatorias no universitarias.

El plazo de presentación es desde el 15 de diciembre de 2022 hasta el 16 de enero de 2023.

Información y solicitud

BECA 2ª OPORTUNIDAD

La Beca Andalucía Segunda Oportunidad va dirigida específicamente al sector de población afectado por el denominado abandono educativo temprano y pretende ser un instrumento útil para facilitar la reincorporación al sistema educativo andaluz de estas personas, compensando, por un lado, la ausencia de ingresos como consecuencia de la dedicación de la persona solicitante al estudio y, por otro, favoreciendo su formación, contando, por ello, con mayores posibilidades de encontrar un empleo cuando finalice su proceso formativo, accediendo al mercado de trabajo con las mejores condiciones de empleabilidad.

Ofrece recursos económicos que vienen a compensar la ausencia de ingresos por la dedicación del alumno o alumna al estudio y, favorece que, al término de su proceso formativo, cuente con mayores posibilidades de encontrar empleo.

Para ser persona beneficiaria de la Beca Andalucía Segunda Oportunidad es preciso reunir los siguientes requisitos:

a) Participar en la convocatoria de becas y ayudas al estudio de carácter general para enseñanzas no universitarias regulada en el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas.

b) Pertenecer a una unidad familiar en la que todos sus miembros estén empadronados en un municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

c) Tener entre 18 y 24 años cumplidos a 31 de diciembre del año en que se realice la convocatoria, o hasta 25 años cumplidos a 31 de diciembre del año en que se realice la convocatoria en el supuesto de renovación de la beca.

d) No estar en posesión ni reunir los requisitos legales para la obtención de un título del mismo o superior nivel al correspondiente al de los estudios para los que se solicita la beca.

e) No haber estado matriculada en alguna de las enseñanzas establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de  educación, durante el curso escolar anterior a aquel para el que se realiza la convocatoria, salvo en el supuesto de renovación de la beca objeto de la presente Orden.

f) Estar matriculada del curso completo en las enseñanzas de educación secundaria obligatoria para personas adultas, bachillerato o ciclos formativos de grado medio de formación profesional inicial o de artes plásticas y diseño.

g) Figurar inscrita como desempleada demandante de empleo en cualquier oficina del Servicio Andaluz de empleo.

h) No estar percibiendo prestación por desempleo de nivel contributivo.

i) Carecer de rentas de cualquier clase superiores al setenta y cinco por ciento del «Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples» (IPreM) anual, excluida la parte proporcional de la pagas extraordinarias, correspondiente al año en que se realice la convocatoria. Se entenderá cumplido este requisito siempre que la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad familiar, dividida por el número de miembros que la componen, incluida la persona solicitante, no supere el 75 por ciento del IPreM.

A estos efectos, computará como renta el importe de los salarios sociales y las rentas mínimas de inserción.

Los requisitos señalados en los apartados anteriores deberán mantenerse durante todo el periodo que abarque el curso académico para el que se concede la beca.

Plazo de presentación desde el15 de diciembre de 2022 al 16 de enero de 2023

Información y solicitud

AYUDA AL TRANSPORTE ESCOLAR (AITE)

La Ayuda Individualizada para el Transporte Escolar es un servicio complementario que consiste en una aportación económica destinada, en general, a financiar los gastos de transporte  escolar a aquellos solicitantes que no puedan hacer uso de ninguna de las modalidades de prestación y organización del servicio, o bien que tengan que cubrir una distancia superior a dos kilómetros entre su domicilio y la parada de la ruta escolar correspondiente.

Asimismo, también serán objeto de esta ayuda el alumnado de bachillerato de la modalidad de artes o de ciclos formativos de Formación Profesional Inicial que, por su especificidad y dificultad de generalización, se encuentren implantados en Centros docentes sostenidos con fondos públicos alejados de su localidad de residencia.

El plazo de presentación es desde el 15 de diciembre de2022 al 16 de enero de 2023

INFORMACIÓN Y SOLICITUD

AYUDAS AL TRANSPORTE ESCOLAR (AITE)

La Ayuda Individualizada para el Transporte Escolar es un servicio complementario que consiste en una aportación económica destinada, en general, a financiar los gastos de transporte  escolar a aquellos solicitantes que no puedan hacer uso de ninguna de las modalidades de prestación y organización del servicio, o bien que tengan que cubrir una distancia superior a dos kilómetros entre su domicilio y la parada de la ruta escolar correspondiente.

Asimismo, también serán objeto de esta ayuda el alumnado de bachillerato de la modalidad de artes o de ciclos formativos de Formación Profesional Inicial que, por su especificidad y dificultad de generalización, se encuentren implantados en Centros docentes sostenidos con fondos públicos alejados de su localidad de residencia.

La cuantía de la ayuda individualizada de transporte será proporcional a la distancia recorrida desde el domicilio hasta la parada o hasta el Centro Educativo (sólo ida) y se establecerá anualmente por la Consejería de Educación. Para el curso 2017-2018 las cuantías establecidas fueron:

  • De 2 a 10 km: hasta 192 euros.
  • De más de 10 km a 30 km: hasta 386 euros.
  • De más de 30 km a 50 km: hasta 763 euros.
  • De más de 50 km: hasta 937 euros.

Plazo de presentación desde desde el 15 de diciembre de2022 al 16 de enero de 2023.
PUEDEN CONSULTAR TODA LA INFORMACIÓN RELATIVA A BECAS Y AYUDAS EN LA SECRETARÍA VIRTUAL DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA  (pinche aquí)